Ministerio de Educación, Cultura y Deporte - Gobierno de España

Educación

INCREMENTO DE LOS LÍMITES DE RENTA PARA OBTENER BECA EN EL CURSO 2008/2009

25 de abril de 2008

Educación, Política Social y Deporte

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el curso 2008/2009. Los límites máximos de renta que dan derecho a beca se elevan como mínimo un 13,5% respecto al curso pasado, un 27% en la llamada beca general y hasta un 62% en la beca más básica para enseñanza secundaria postobligatoria. Las cuantías crecen de media un 6%, llegando hasta un incremento del 48,48% en la denominada "Beca compensatoria", destinada a las personas con renta familiar más baja.
 

Las becas están dirigidas a las enseñanzas no obligatorias: Universitarias, Bachillerato, Formación Profesional de grado medio y de grado superior, Enseñanzas artísticas, deportivas y de idiomas, así como Enseñanzas no universitarias adaptadas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. También se establecen, por primera vez, becas para los Programas de Cualificación Profesional Inicial establecidos en la Ley Orgánica de Educación.
 

Umbrales de renta
Existen diferentes componentes de las becas (para material, matrícula, movilidad, transporte, residencia, compensatoria, etc.). La adjudicación de unos u otros de estos componentes depende de la renta de la familia (hay seis umbrales de renta distintos que dan derecho a distintos componentes), de los estudios que se cursen, y de otros factores como la lejanía del domicilio familiar al centro de estudios, la necesidad de residir fuera de dicho domicilio o de hacerlo fuera de su comunidad autónoma.


Con carácter general, los umbrales máximos de renta que dan derecho a los distintos componentes se han incrementado un 13,5% respecto al curso 2007/2008. Los de la llamada beca general suben hasta un 27%.
 

En este Real Decreto se establece una beca para enseñanzas postobligatorias no universitarias de 400 euros para alumnos que cursen estudios en ciudades de más de 100.000 habitantes y 200 euros para alumnos de poblaciones menores. La renta máxima que permite acceder a esta beca es un 62% mayor que la renta que daba acceso a alguna clase de ayuda para educación secundaria postobligatoria el curso pasado. A modo de ejemplo, un joven de una familia de 4 miembros que tiene una renta de 37.482 euros anuales tendrá derecho a una de estas becas.
 

Cuantías
Las cuantías de las diferentes becas de esta convocatoria suben un 6% de media. En algunos casos el incremento es mucho mayor, como la "Beca compensatoria", cuya cuantía se incrementa hasta en un 48,48%, situándose entre 2.000 y 2.788 euros, dependiendo del tipo de estudios.
 

Con los incrementos aprobados en este Real Decreto las cuantías máximas de los distintos componentes acumulables se sitúan en 919 euros para desplazamientos; 2.940 euros para residencia; 5.770 euros para movilidad (cambio de CCAA, llegan a 6.671 si el domicilio familiar está en Canarias, Ceuta o Melilla); 240 euros para material y 569 euros para escolarización.
 

La beca mínima que recibe un estudiante con derecho a beca es la beca básica para estudios no universitarios (entre 200 y 400 euros) o la "matrícula" para los estudiantes universitarios, que cubre el importe de los precios públicos oficiales de la matrícula para ese curso académico.
 

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